Mapa de prestaciones
Diferencia prestación contributiva, subsidios, protección para mayores de 52, cese de actividad y obligaciones autonómicas
Elige la protección que corresponda a tus cotizaciones, desempleo legal, rentas, familia, edad y situación laboral.
Distingue las dos administraciones
El servicio público de empleo de la comunidad autónoma inscribe a la persona como demandante, renueva la demanda, ofrece intermediación y formación y supervisa parte del acuerdo de actividad. El SEPE reconoce y paga la prestación y los subsidios estatales por desempleo. Inscribirse en uno de ellos no completa automáticamente el trámite ante el otro. Conserva ambos justificantes y atiende las notificaciones de los dos organismos.
La protección contributiva por desempleo funciona como un seguro. Normalmente exige una situación legal de desempleo, disponibilidad para trabajar, inscripción como demandante y al menos 360 días de cotización por desempleo computables dentro de los seis años pertinentes que no se hayan utilizado para un derecho anterior. La tabla oficial de duración convierte esos días cotizados en entre 120 y 720 días de prestación.
Sitúa cada alternativa en su lugar
Quien tenga menos de 360 días cotizados o haya agotado la prestación contributiva puede acceder a uno de los subsidios por desempleo reformados si cumple los requisitos de rentas, familia, edad y cotización de esa vía concreta. El subsidio para mayores de 52 años añade las condiciones para acceder a una pensión de jubilación y la obligación de presentar una declaración anual de rentas; además, incluye cotización para la jubilación conforme a sus reglas. Las personas emigrantes retornadas, víctimas de violencia, liberadas de prisión, trabajadoras eventuales agrarias de Andalucía y Extremadura y otros colectivos protegidos cuentan con vías específicas.
Una persona autónoma no accede al desempleo ordinario de los trabajadores por cuenta ajena simplemente porque su negocio pierda clientes. La protección por cese de actividad tiene sus propias reglas sobre cotización, causa, pruebas y entidad gestora. Las reducciones y suspensiones por ERTE o RED, el empleo de hogar, los periodos de inactividad de fijos discontinuos y el trabajo del mar también deben tramitarse por su régimen real.
Un despido puede generar desempleo sin que la persona admita que fue procedente. Protege por separado la impugnación laboral. La baja voluntaria normalmente no crea una situación legal de desempleo, aunque un empleo posterior real seguido de una pérdida involuntaria exige estudiar el caso concreto. Solicita la prestación contributiva cuando alcances su umbral; el subsidio exacto cuando no lo alcances o la agotes; y la protección por cese cuando seas autónomo y cumplas sus condiciones. Los servicios sociales y las rentas mínimas se valoran mediante pruebas independientes. Vuelve a comprobar la vía correcta cada vez que cambien tu historial laboral o tu situación familiar.
Requisitos
Comprueba desempleo legal, cotizaciones no usadas, inscripción, rentas, familia y disponibilidad
Verifica cada condición antes de asumir que el fin de un contrato o unas rentas bajas generan derecho al cobro.
Acredita la situación legal de desempleo
El despido, la finalización válida de un contrato temporal, determinadas medidas colectivas, ciertos incumplimientos graves del empresario, una extinción protegida por traslado o violencia y otros supuestos legales pueden crear una situación legal de desempleo. La baja voluntaria, por regla general, no. Un acuerdo, finiquito o relato de la empresa no sustituye los hechos reales. Si impugnas el despido, puedes solicitar la prestación sin esperar a la sentencia mientras el procedimiento laboral continúa por separado.
Comprueba la fecha efectiva de finalización y las vacaciones pagadas pero no disfrutadas. El plazo de solicitud y la situación legal de desempleo pueden comenzar después del periodo equivalente a esas vacaciones. Una persona fija discontinua, trabajadora a tiempo parcial, contratada por ETT, empleada de hogar o con varios trabajos simultáneos necesita la modalidad que corresponda al empleo que mantiene y a su historial de cotización.
Audita el requisito de seguro
Para la protección contributiva, cuenta las cotizaciones por desempleo no utilizadas de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar. Al menos 360 días suelen dar derecho a 120 días de prestación. Las cotizaciones consumidas anteriormente no se pueden reutilizar. Los periodos trabajados en otro país de la UE o coordinado pueden totalizarse según las normas aplicables, pero importan las reglas españolas sobre último aseguramiento y trabajadores transfronterizos. Solicita el intercambio institucional de los datos U1 en lugar de sumar por tu cuenta nóminas extranjeras.
Los subsidios exigen el hecho previo concreto y superar la prueba de rentas vigente. El SEPE calcula las rentas brutas computables según sus propias reglas, no solo los ingresos bancarios o la renta fiscal. Algunas vías valoran las responsabilidades familiares además de los ingresos personales. El subsidio para mayores de 52 años requiere alcanzar esa edad, estar inscrito como demandante, cumplir el límite de rentas y reunir casi todos los requisitos contributivos de jubilación salvo la edad.
La persona solicitante debe estar inscrita, disponible, habilitada legalmente para trabajar y comprometida con el acuerdo de actividad. Para nacionales de terceros países, la autorización migratoria puede limitar la disponibilidad. Una pensión, incapacidad, baja médica, prestación por nacimiento, horario de estudios, prisión, trabajo o viaje puede suspender o sustituir la protección, o resultar incompatible con ella, según el caso. Cuando coincidan dos situaciones, pide al SEPE una decisión por escrito en vez de escoger por tu cuenta el pago más alto.
Documentación
Prepara el expediente de extinción, cotización, demanda, familia, banco y seguro extranjero
Concilia los datos de la empresa, TGSS, servicio autonómico y SEPE antes de solicitar.
Reúne el expediente básico
Conserva el DNI, NIE o pasaporte, el número de la Seguridad Social, la dirección y los datos de contacto actuales, una cuenta bancaria de tu titularidad y, cuando proceda, una autorización de trabajo válida. Añade todos los contratos y modificaciones, la carta de extinción o despido, el finiquito, el cálculo de vacaciones, las seis últimas nóminas o más, el informe de vida laboral y el informe de bases de cotización. Guarda horarios y abonos bancarios si discutes las fechas o el salario declarados por la empresa.
La empresa suele enviar el certificado de empresa al SEPE por vía electrónica. Pide confirmación y comprueba la identidad empresarial, la causa y fecha de extinción, las bases de cotización y las vacaciones pagadas. Si falta o contiene errores, solicita la corrección por escrito y comunícalo al SEPE al presentar la solicitud. No permitas que una discrepancia sobre el certificado consuma el plazo para pedir la prestación.
Demuestra la demanda de empleo y las circunstancias familiares
Guarda el documento autonómico de inscripción de la demanda, DARDE o equivalente, las fechas de renovación, el acuerdo de actividad, las citas y la asistencia a cursos. Registra la presolicitud o solicitud al SEPE, el momento exacto del envío, la referencia y el justificante firmado. Tener una cita reservada por sí solo puede no demostrar que hayas presentado la solicitud.
Para calcular importes mínimos o máximos y acreditar el subsidio, conserva los documentos civiles y las pruebas sobre hijos o responsabilidades familiares que exijan las reglas vigentes. En las vías sujetas a rentas, prepara un cuadro mensual de ingresos brutos procedentes de trabajo, pensiones, prestaciones, alquileres, capital y actividad económica, con sus justificantes fiscales y bancarios. Explica los ingresos excepcionales en lugar de omitirlos.
Si trabajaste en la UE, conserva el número de seguro extranjero, empresa, fechas, nóminas, extinción y el U1 o la referencia del intercambio institucional. La vía vigente del SEPE para la UE indica que la información se intercambia principalmente entre instituciones, pero tus propios documentos ayudan a corregir lagunas.
Haz una última comprobación de coherencia entre nombre, identificadores, empresa, alta, baja, causa de extinción, fin de vacaciones, bases, hijos, rentas, banco y domicilio. Conserva cada notificación junto con la fecha en que la abriste. Guarda los originales, sube copias legibles, oculta datos ajenos al asunto y mantén una cronología de correcciones y resoluciones. Añade un índice que identifique cada documento, organismo emisor, periodo cubierto y fecha de entrega para que quien revise pueda reconstruir rápidamente la solicitud.
Plan de actuación
Inscríbete, solicita, revisa la resolución, cumple tus obligaciones y comunica cada cambio
Completa los trámites autonómicos y del SEPE en orden sin perder días de prestación.
Sigue la secuencia de solicitud
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Documenta el hecho. Identifica la fecha efectiva de extinción, la causa, las vacaciones pagadas, los trabajos que continúan, una posible baja o prestación por nacimiento y el plazo para impugnar el despido.
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Revisa las cotizaciones. Descarga la vida laboral y las bases, cuenta los días de desempleo no utilizados y obtén los datos institucionales extranjeros cuando corresponda. Pide cualquier corrección de inmediato.
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Inscríbete como demandante. Utiliza el servicio competente de tu comunidad autónoma, acepta el acuerdo de actividad y guarda el documento de demanda y la fecha de renovación.
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Elige la vía. Según los hechos, selecciona la prestación contributiva, el subsidio exacto, la protección para mayores de 52, la protección agraria o el cese de actividad autónoma. No presentes solicitudes múltiples que se contradigan.
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Solicita al SEPE. Usa la sede electrónica, la presolicitud reconocida cuando siga vigente, una cita o un registro público. Explica si faltan datos empresariales o extranjeros y conserva un justificante con fecha y hora.
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Comprueba la resolución. Verifica inicio, duración, base reguladora, porcentaje, hijos, importe bruto, deducciones y primer pago. Contrasta el tramo de 360 a 539 días con la tabla oficial de duración.
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Cumple las obligaciones continuas. Renueva la demanda, acude a las citaciones, solicita empleo o fórmate cuando te lo exijan, mantente localizable y comunica cambios de rentas, familia, trabajo, actividad autónoma, enfermedad, nacimiento, pensión, viaje y domicilio.
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Aclara el trabajo antes de empezar. Pregunta si la nueva actividad suspende, extingue, reduce o complementa el pago. Solicita cualquier compatibilidad dentro de plazo y confirma el alta de la empresa.
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Coordina los viajes. Comunica los viajes ordinarios al extranjero y obtén la autorización U2 antes de exportar la prestación para buscar empleo en la UE. Una reserva de vuelo no equivale a permiso.
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Extingue o reanuda correctamente. Cuando termine el trabajo, regreses o finalice otra causa de suspensión, pide la reanudación por la vía vigente y, cuando exista derecho de opción, elige entre la prestación anterior y el nuevo derecho.
Mantén un único calendario para renovar la demanda, responder al SEPE, declarar rentas, iniciar trabajos, viajar, revisar pagos, recurrir y litigar el despido. Después de cada cambio, descarga la resolución actualizada y concilia los abonos bancarios para corregir un error antes de que genere una deuda grande. Deja siempre visible en tu calendario personal la próxima fecha de renovación y comunicación.
Cuantías y presupuesto
Calcula duración, base reguladora, topes de 2026, subsidios, deducciones y flujo de caja
Presupuesta desde el cálculo bruto oficial y distingue prestación, subsidio, impuestos, cotización y gastos privados.
Calcula la duración y la base reguladora
Entre 360 y 539 días de cotización computables, la prestación contributiva dura 120 días. Cada tramo de cotización publicado añade 60 días de prestación hasta que 2.160 días cotizados o más generan el máximo de 720 días. Solo cuentan los días no utilizados dentro del periodo pertinente. Las cotizaciones a tiempo parcial y los empleos simultáneos deben calcularse a partir del registro oficial, no mediante una conversión informal de horas.
La base reguladora suele utilizar el promedio de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días cotizados, excluidas las horas extraordinarias. La prestación bruta normalmente es el 70 % durante los primeros 180 días de prestación y el 60 % desde el día 181; después se aplican los mínimos y máximos legales vigentes. Las deducciones de Seguridad Social y cualquier retención de IRPF reducen el importe abonado en el banco.
Aplica las cuantías vigentes en 2026
La tabla del SEPE para 2026 publica mínimos mensuales de la prestación contributiva de 560 EUR sin hijos y 749 EUR con al menos un hijo. Los máximos son 1.225 EUR sin hijos, 1.400 EUR con un hijo y 1.575 EUR con dos o más. Debes comprobar en la resolución la definición legal de hijo y las reglas sobre el promedio de horas. Estas cantidades no garantizan un porcentaje del salario.
Para los subsidios ordinarios actuales, la progresión publicada es de 570 EUR durante los primeros 180 días, 540 EUR desde el día 181 hasta el 360 y 480 EUR a partir de entonces cuando la vía continúe. El subsidio para mayores de 52 años se mantiene en 480 EUR durante todo el periodo según la tabla de 2026. Aun así, la duración y las reglas de rentas, familia y prórroga cambian según el subsidio.
Presupuesta desfases y alternativas
Incluye la espera hasta el primer pago, pagas extra perdidas, alquiler, costes sanitarios o farmacéuticos, desplazamientos para buscar empleo, formación, cuidado infantil, traducciones y asesoramiento opcional. La inscripción y la solicitud oficiales son gratuitas. La capitalización puede financiar una actividad que cumpla los requisitos y algunas actividades autónomas son compatibles, pero ambas opciones exigen una decisión dentro de plazo antes o después del inicio. Nunca pagues a alguien por garantizar una prestación o fabricar una situación de desempleo. Conserva la resolución bruta, las deducciones, los abonos bancarios y el certificado fiscal anual, y reserva cualquier cobro indebido discutido hasta que se resuelva.
Cambios y transiciones
Gestiona trabajo, actividad autónoma, enfermedad, nacimiento, viajes, exportación a la UE y nuevos derechos
Comunica primero el cambio y obtén la resolución correcta de suspensión, compatibilidad, exportación o reanudación.
Comprueba el nuevo trabajo con las reglas vigentes
No te fíes de afirmaciones antiguas según las cuales cualquier empleo es totalmente incompatible. Para las prestaciones contributivas y los subsidios, comprueba la fecha de inicio de la prestación, el comienzo del trabajo, las horas, las rentas, el contrato y las normas del complemento de apoyo al empleo posteriores al 1 de abril de 2025. Algunos trabajos suspenden el pago, otros generan una cuantía reducida o complementaria y otros extinguen el derecho. Comunícalo al SEPE y verifica el alta empresarial antes de empezar.
Quien cobra una prestación contributiva y comienza una actividad autónoma que cumple los requisitos puede pedir la compatibilidad durante un máximo de 270 días o el periodo restante si es menor, pero la vía de compatibilidad vigente exige actuar dentro de los 15 días siguientes al inicio. La capitalización es distinta: en general debe solicitarse antes de empezar y puede financiar una inversión justificada o las cuotas. Antes de elegir, compara tesorería, impuestos, RETA, prestación no consumida y riesgo de fracaso.
Coordina las situaciones protegidas
La incapacidad temporal iniciada antes o durante el desempleo, el nacimiento y cuidado de menor, la incapacidad permanente, la jubilación y las prestaciones de supervivencia pueden cambiar la entidad pagadora, la cuantía, la cotización y la duración. Comunica el hecho y obtén la resolución específica de la prestación. Si el contrato termina durante una baja médica, la secuencia no es la misma que si enfermas después de comenzar el desempleo.
Exporta la prestación legalmente
Para buscar empleo en la UE, el EEE o Suiza, la persona beneficiaria normalmente permanece inscrita en España durante cuatro semanas, obtiene la autorización del SEPE y el U2 antes de salir y se registra en el servicio de empleo del país de destino dentro de siete días. La exportación suele durar tres meses y solo puede ampliarse otros tres con autorización. España continúa pagando, pero se aplican las obligaciones de búsqueda del país de destino. Regresa antes del vencimiento y solicita correctamente la continuación.
Los viajes ordinarios, estudios, voluntariado, cuidado familiar y traslados fuera de la UE tienen reglas de comunicación y suspensión distintas. Al volver o cuando termine un trabajo, solicita pronto la reanudación. Si nuevas cotizaciones generan otro derecho, compara la opción legal y entiende qué cotizaciones o días pendientes se consumen. Guarda cada resolución de suspensión, compatibilidad, exportación, reanudación y opción. Comprueba que el siguiente abono bancario coincide con sus fechas de efecto antes de dar por terminada la transición.
Problemas y reclamaciones
Corrige cotizaciones ausentes, resoluciones erróneas, sanciones, cobros indebidos, fallos empresariales y urgencias
Separa los registros de TGSS, la revisión de prestaciones del SEPE, las sanciones autonómicas y el litigio laboral.
Corrige el registro del organismo competente
Si falta un alta o hay bases de cotización incorrectas, solicita la rectificación a la TGSS con el contrato, horarios, nóminas, abonos bancarios, mensajes y pruebas del trabajo. Si hubo empleo no declarado o falso trabajo autónomo, acude también a la Inspección de Trabajo. Comunica al SEPE que la corrección está pendiente y aporta el justificante, pero no presupongas que eso suspende el plazo de la prestación.
Si el certificado de empresa falta o está equivocado, pide la corrección por escrito y presenta la solicitud al SEPE con las pruebas disponibles. Si se discute la situación legal de desempleo, conserva los hechos de la extinción. La impugnación del despido suele tener un plazo laboral de 20 días hábiles, separado de la revisión del SEPE. Firmar un finiquito no implica necesariamente renunciar a todas las reclamaciones, pero busca asesoramiento antes de añadir una declaración de saldo y finiquito amplia.
Impugna las resoluciones y sanciones
Ante una denegación, duración o base incorrectas, límite familiar erróneo, pérdida de días por inicio tardío, suspensión, sanción o cobro indebido, prepara un cálculo y una cronología. Lee en la notificación el trámite de alegaciones o reclamación previa administrativa, el organismo de presentación y el plazo. Identifica cada hecho equivocado, adjunta pruebas primarias y solicita un resultado concreto. Conserva el justificante del registro. Una cita, llamada telefónica o queja autonómica no sustituye el escrito ante el SEPE. Tras agotar la fase administrativa exigida, puede corresponder una demanda ante el juzgado de lo social.
Para una sanción por no renovar la demanda o incumplir la actividad, averigua qué autoridad de empleo decidió y demuestra la renovación, la entrega de la notificación, la asistencia o la imposibilidad justificada. Si existe un cobro indebido, pide el periodo y el cálculo, impúgnalo pronto si es erróneo y solicita un fraccionamiento legal si es correcto. No ignores avisos de recaudación ni pagues a un supuesto rescatador privado.
Escala los casos urgentes
Denuncia ante la autoridad correspondiente la suplantación de identidad, los contratos falsos o la devolución de dinero en efectivo bajo coacción. Si existe un riesgo inmediato para alimentación, medicamentos, vivienda o seguridad, acude a servicios sociales municipales o autonómicos de emergencia, sanidad, servicios contra la violencia o policía mientras continúa la reclamación. La representación laboral, los sindicatos, asesores públicos de empleo, justicia gratuita y profesionales del derecho laboral son proporcionales para un despido, totalización transfronteriza, cobro indebido importante, fallos repetidos del registro o un plazo judicial próximo. Lleva la resolución, el expediente laboral completo, informes de cotización, documento de demanda, cálculo económico, notificaciones y el plazo más cercano.