Forma jurídica
Elige autónomo, SL, cooperativa, sociedad, sucursal, filial o empleo
Ajusta responsabilidad, propiedad, fiscalidad, financiación, control, regulación y salida al negocio real.
Empieza por el modelo operativo
Un autónomo es rápido y personal, pero normalmente tiene responsabilidad ilimitada, impuesto personal y Seguridad Social. Una SL es persona jurídica separada con capital, administradores, contabilidad, Impuesto sobre Sociedades y Registro Mercantil. Una cooperativa prioriza participación de socios según ley regional o nacional. Sociedades civiles y mercantiles, comunidades de bienes, laborales y profesionales sirven estructuras más concretas.
Una empresa extranjera puede abrir sucursal, sin personalidad separada, o filial española con capital y gobierno propios. Contratos transfronterizos sin establecimiento todavía requieren analizar establecimiento permanente, IVA, empleador y actividad regulada. Un supuesto fundador dirigido por otra empresa puede ser empleado.
Evalúa responsabilidad y gobierno
La responsabilidad limitada suele proteger socios de deuda ordinaria, pero no de garantías personales, capital pendiente, fraude, repartos ilegales, incumplimiento del administrador, fallos concursales o derivación fiscal y de Seguridad Social. Bajo 3.000 EUR, la Ley de Sociedades de Capital exige reservar al menos 20 % del beneficio hasta que reserva y capital alcancen 3.000 EUR; los socios pueden responder del déficit de liquidación hasta ese umbral.
Define porcentajes, voto, administración, remuneración, firma, decisiones reservadas, financiación, propiedad intelectual, trabajo fundador, bloqueo, incapacidad, divorcio, muerte, good/bad leaver, transmisión y valoración. Estatutos quizá no recojan todo pacto privado, pero este no puede eludir ley imperativa.
Usa autónomo para actividad personal de menor riesgo, SL para empresa separada y escalable, sociedad profesional para profesionales regulados colectivos, cooperativa para trabajo de socios y sucursal o filial tras revisar fiscalidad y responsabilidad internacional. No constituyas por logo, rumor de subvención o demanda del cliente. Revisa tras financiación, contratación, actividad regulada o establecimiento exterior.
Requisitos
Comprueba permiso del fundador, objeto, capital, socios, administradores, nombre, licencias y fondos
Confirma que fundadores y actividad pueden participar legalmente antes de pagar la constitución.
Evalúa fundadores y administración
Poseer participaciones y poder trabajar son cosas distintas. Un no residente suele poder ser socio, pero fundador activo o administrador necesita tratamiento migratorio, fiscal y de Seguridad Social según funciones y residencia. Obtén NIE o NIF, identidad, domicilio, régimen matrimonial y representación. Socios societarios necesitan registro, poderes, titular real y documentos extranjeros legalizados. Banco y notario exigen origen de fondos.
El administrador debe ser legalmente apto, entender deberes y aceptar. Decide administración única, conjunta, solidaria o consejo y si es retribuida en estatutos y acuerdos. Propiedad y control determinan RETA o régimen laboral para administradores trabajadores y familiares.
Valida el proyecto
Reserva denominación diferenciable en Registro Mercantil Central. Define objeto lícito y preciso que cubra actividad real sin ocultar regulación. Elige CNAE y fiscalidad actuales. Revisa sociedad profesional, cualificaciones, colegiación, seguro, inversión extranjera, competencia, sanciones y blanqueo.
Capital puede ser dinero o bienes admisibles descritos y valorados legalmente. 1 EUR es mínimo legal de SL, no presupuesto sensato. Modela circulante, pérdidas, impuestos, nóminas y garantías. Acuerda si dinero posterior es capital, prima o préstamo documentado.
Constituir no concede permisos urbanísticos, apertura, obras, salud, alimentación, transporte, turismo, cuidado infantil, ambiente, finanzas, juego, comercio, datos o profesión. Evalúa local exacto y trámites autonómicos y municipales. Comprueba uso del alquiler, comunidad, suministros, accesibilidad, incendios y seguridad.
Avanza solo cuando situación, propiedad, control, capital, objeto, banco, licencias y financiación sean coherentes. Si permiso, aprobación o banco son condicionales, refleja dependencia en contratos y no prometas operar como si inscripción lo resolviera. Lleva calendario con fundador responsable, autoridad, envío, recibo, decisión y condición de no operar.
Documentos
Prepara la identidad, denominación, capital, estatutos, escritura, registros, impuestos, licencias y titularidad real
Haz coincidir identidades, porcentajes, fechas, domicilios, actividades y organismos antes de firmar.
Reúne el expediente de constitución
Conserva el DNI, NIE o pasaporte, NIF, domicilio, estado civil y justificantes del origen de los fondos de cada fundador. Las personas extranjeras pueden necesitar apostilla o legalización y traducción jurada. Si el socio fundador es una empresa, añade documentos de constitución y vigencia, número fiscal, domicilio social, autorización del órgano de administración, poder del representante y cadena de propiedad. Comprueba que los poderes incluyan expresamente constitución, capital, operaciones bancarias y actos notariales.
Obtén la certificación negativa de denominación a nombre de uno de los fundadores. Prepara el justificante del depósito de capital o la declaración alternativa admitida por ley y describe las aportaciones no dinerarias, su titularidad, valor y título. Anota el número, valor nominal, porcentaje y derecho de voto de cada participación.
Los estatutos deben regular denominación, objeto, domicilio social, ejercicio, capital, participaciones, transmisiones, convocatoria de juntas, votación, administradores, duración del cargo y retribución. Un pacto de socios puede añadir vesting, dedicación laboral, financiación, materias reservadas, información, bloqueo, confidencialidad, propiedad intelectual, no competencia dentro de los límites legales y salida. Recurre a redacción especializada cuando participaciones desiguales, actividad regulada, inversores o patrimonio familiar eleven el riesgo.
Conserva los documentos de cada autoridad
Guarda el DUE firmado, escritura notarial, NIF provisional, declaración censal, alta de actividad fiscal, modelo del impuesto de transmisiones o prueba de exención, inscripción en el Registro Mercantil, NIF definitivo, certificado digital de la empresa e inscripciones en la Seguridad Social. Añade licencias del local y sectoriales, inscripción como empresa, altas de trabajadores, plan de prevención, seguros y documentación de protección de datos.
El Registro de Titularidades Reales identifica a las personas físicas con más del 25 por ciento de propiedad directa o indirecta y recurre a los administradores cuando nadie cumple el criterio de control. Mantén un organigrama de propiedad fechado y actualiza cualquier cambio.
Haz una última comprobación de nombres, identificadores, domicilios, capital, participaciones, administradores, objeto, CNAE, IAE, fecha de inicio, banco y titularidad. Conserva las escrituras originales y los libros de actas, socios, contratos, facturas y contabilidad con acceso controlado, copias de seguridad y calendario de conservación. Añade búsquedas de marcas y dominios, cesiones de propiedad intelectual de los fundadores, alquiler, seguros y mandatos bancarios. Mantén una matriz de facultades de firma para que personal, proveedores y bancos sepan quién puede obligar a la empresa y hasta qué importe.
Pasos de constitución
Reserva el nombre, acuerda el gobierno, aporta capital, firma la escritura, inscribe y completa la puesta en marcha
Utiliza CIRCE o la vía directa y comprueba cada formulario transmitido y cada licencia pendiente.
Sigue la secuencia de constitución
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Valida el proyecto empresarial. Modeliza clientes, precios, circulante, fundadores, responsabilidad, regulación, impuestos y fracaso. Compara formas jurídicas.
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Acuerda las condiciones entre fundadores. Define propiedad, capital, funciones, gobierno, retribución, propiedad intelectual, financiación, bloqueo y salida antes de asumir costes irrecuperables.
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Reserva la denominación. Obtén la certificación negativa del Registro Mercantil Central y comprueba por separado conflictos con dominios, marcas y nombre público.
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Prepara capital y documentos. Abre la vía bancaria de constitución o utiliza la forma legal de acreditación; completa identidades, poderes, organigrama de titularidad real, objeto, CNAE y estatutos.
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Elige presentar el DUE con ayuda o por tu cuenta. La vía CIRCE coordina determinadas comunicaciones fiscales, de Seguridad Social, notariales y registrales. Un fundador puede usar PAE Virtual o pedir ayuda a un PAE físico o virtual. Las reglas oficiales del servicio PAE indican que la ayuda y el acompañamiento para constituir mediante CIRCE o darse de alta como autónomo a través del DUE deben ser gratuitos; solo pueden cobrarse servicios opcionales ajenos a esa tarea definida si se informa antes del precio. Confirma que el asesor figure como PAE, diferencia la asistencia gratuita de constitución del asesoramiento jurídico, fiscal o empresarial de pago, revisa todos los campos del DUE antes de firmar y conserva el PDF firmado y la referencia del expediente.
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Firma la escritura. Los fundadores o representantes con poder válido comparecen ante notario, declaran aportaciones y propiedad, aprueban estatutos y nombran administradores. Revisa nombres, porcentajes, poderes y condiciones de inicio antes de firmar.
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Obtén el NIF provisional y la situación censal. Confirma domicilio fiscal, actividad, IVA, retenciones y fecha de inicio de la sociedad. No utilices facturas de los fundadores como facturas de la empresa.
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Inscribe la sociedad. Sigue la presentación notarial y la calificación del Registro Mercantil, subsana defectos y obtén inscripción y NIF definitivo.
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Activa las operaciones. Completa cuenta bancaria empresarial, certificado digital, libros, contabilidad, facturación, seguros, licencias, contratos, protección de datos y titularidad real. Inscribe a la empresa y da de alta a los trabajadores antes de que empiecen.
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Comprueba el primer mes. Concilia capital, préstamos de socios, gastos, facturas, nóminas, IVA, retenciones, situación de administradores y notificaciones.
CIRCE publica un plazo orientativo de transmisión de uno a diez días según la estandarización, no una fecha garantizada para operar. El justificante registral no sustituye una licencia pendiente, la activación bancaria, la habilitación profesional, la clasificación fiscal ni el alta de un trabajador. Tras la inscripción, solicita certificación registral actual y confirma NIF definitivo, certificado digital, facultades bancarias, situación de IVA y buzón de notificaciones. Obtén prueba escrita de que cada contrato anterior a la constitución fue asumido o sustituido por la sociedad. Formaliza esa decisión.
Costes
Presupuesta capital, notaría, registro, banco, licencias, impuestos, nóminas, contabilidad, seguros y tesorería
Financia el plan operativo real en lugar de confundir el capital mínimo con el presupuesto de apertura.
Separa capital y coste
El capital social pertenece a la empresa y puede financiar operaciones legítimas tras la constitución, pero no es una tasa ni una cuenta personal del fundador. Una SL puede comenzar legalmente con 1 EUR, aunque siguen aplicándose las reglas de reserva y liquidación mientras no alcance 3.000 EUR. Fija el capital según equipos, fianzas, existencias, nóminas, impuestos, retrasos de cobro, pérdidas y confianza de acreedores. Documenta la financiación posterior de los socios como capital, prima o préstamo.
Los costes de constitución pueden incluir certificación de denominación, banco, notaría, Registro Mercantil, copias, traducciones, apostillas, redacción profesional y representación. CIRCE y los documentos estandarizados pueden reducir tiempo y componentes arancelarios, pero unos estatutos complejos, aportaciones no dinerarias, fundadores extranjeros o condiciones de inversión justifican asesoramiento a medida. Pide presupuestos desglosados, no una promesa uniforme para toda España.
Presupuesta el cumplimiento operativo
Incluye fianza y obras del local, tasas municipales y sectoriales, colegiación, seguros, contabilidad, nóminas, certificado digital, banca, procesamiento de pagos, software, privacidad y ciberseguridad, prevención de riesgos laborales, suministros, existencias, marketing y apoyo contractual. Añade cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, salario, vacaciones, cobertura de bajas y riesgo de extinción. Administradores y socios trabajadores necesitan su propio tratamiento de Seguridad Social y retribución.
El IVA cobrado no es ingreso. El Impuesto sobre Sociedades, pagos fraccionados, retenciones de nóminas y alquiler, cuentas anuales, libros y auditoría pueden generar salidas de caja y costes profesionales incluso con poco beneficio. Para una empresa cuyo ejercicio coincide con el año natural, el calendario del Impuesto sobre Sociedades de 2026 fijó el 27 de julio de 2026 como fecha límite de la declaración de 2025.
Prepara una previsión de tesorería de trece semanas y un escenario adverso de doce meses. Separa reservas para impuestos, nóminas e imprevistos. Modeliza el retraso de un cliente importante, una licencia aplazada, la salida de un fundador y tres meses sin ventas. Evita avales personales cuando sea posible y entiende cada uno antes de firmarlo. Controla el efectivo de constitución por separado del capital social y los préstamos de socios. Pon precio al trabajo de los fundadores aunque al principio no se pague, incluye el coste de sustitución y documenta si la remuneración aplazada se adeuda legalmente. Compara la autonomía antes y después de IVA, nóminas y amortización de deuda, no solo el saldo bancario.
Obligaciones continuas
Mantén gobierno, libros, cuentas, impuestos, propiedad, licencias, empleo, solvencia y preparación para la salida
Gestiona la empresa como persona jurídica separada y mantén actualizados los registros públicos.
Gestiona correctamente la sociedad
Utiliza la cuenta de la empresa para el dinero empresarial, documenta operaciones con administradores y socios, aprueba las condiciones vinculadas y registra las decisiones en actas válidas. Mantén, según corresponda, diario, mayor, inventarios, cuentas anuales y libros de actas, socios y contratos. Concilia mensualmente impuestos, nóminas, facturas, banco, capital y préstamos. Vigila las notificaciones electrónicas y renueva licencias, seguros, alquileres, habilitaciones profesionales y situación migratoria.
Crea una matriz de presentaciones a partir del calendario del contribuyente de 2026, el alta censal y las operaciones reales. Indica cada modelo aplicable, periodo fiscal, fecha límite, plazo anterior de domiciliación, preparador, aprobador, libro justificativo, cuenta de pago, recibo y vía de corrección. No copies la lista trimestral de otra empresa: IVA, retenciones de nóminas y alquiler, pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, declaraciones recapitulativas o informativas, cuentas anuales y deberes sectoriales dependen del negocio y pueden tener periodos distintos. Presenta sin actividad cuando el modelo siga siendo obligatorio y documenta por qué uno no se aplica, en lugar de omitirlo sin explicación.
El calendario del Registro Mercantil exige generalmente legalizar telemáticamente los libros dentro de los cuatro meses siguientes al cierre, aprobar las cuentas anuales por los socios dentro de seis meses y depositarlas en el mes posterior a su aprobación. Una sociedad con año natural suele legalizar antes del 30 de abril, aprobar antes del 30 de junio y depositar antes del 30 de julio. La presentación fiscal es independiente.
Actualiza domicilio social, objeto, capital, propiedad, titulares reales, administradores, poderes, estatutos y unipersonalidad mediante los trámites societarios, notariales, registrales y fiscales requeridos. Una transmisión privada de participaciones puede no completar por sí sola todos los efectos públicos y tributarios. Conserva aceptación del administrador y documentación de conflictos, retribución y operaciones vinculadas.
Vigila la solvencia y las transiciones
Revisa efectivo, patrimonio neto, deudas vencidas con Hacienda y Seguridad Social, presión de acreedores y causas legales de disolución o insolvencia. Los administradores deben actuar con rapidez; esperar a las cuentas anuales puede generar responsabilidad personal. Antes de repartir dividendos, comprueba beneficio distribuible, reserva y límites del patrimonio neto.
Para inversión o venta, prepara una tabla de capitalización limpia y expedientes ordenados de cuentas, contratos, licencias, empleo, impuestos, propiedad intelectual y datos. Si la sociedad queda inactiva, continúa cumpliendo las obligaciones fiscales, contables y registrales exigidas. Para cerrarla, decide venta, disolución y liquidación, liquida trabajadores y acreedores, cobra deudas, realiza activos, aprueba la liquidación, cancela los estados registral y fiscal y conserva la documentación. Una baja censal no extingue por sí sola la sociedad. Antes de cualquier dividendo, pago vinculado, préstamo de administrador, venta de activo o reembolso de gastos de un fundador, documenta aprobación, valor de mercado, tratamiento fiscal y reservas disponibles. Programa una revisión mensual de solvencia y conserva pruebas de que los administradores consideraron los intereses de los acreedores al aparecer dificultades. Revisa en esa misma reunión límites de seguros, garantías y derechos de resolución contractual, y deja en acta las medidas correctoras acordadas.
Problemas
Resuelve defectos registrales, conflictos de socios, demoras bancarias, falta de licencias, deuda fiscal, insolvencia y fraude
Corrige el fallo societario, regulatorio, financiero u operativo exacto antes de que se extienda.
Corrige fallos de constitución y banca
Ante el rechazo de una denominación, escritura o presentación registral, obtén la calificación escrita, identifica si el notario puede subsanarla y respeta el plazo de recurso o nueva presentación. No celebres contratos con una denominación aún no confirmada. Si el DUE contiene datos erróneos, corrígelos ante cada organismo receptor y conserva el original firmado y los justificantes de subsanación.
El banco puede pedir pruebas de propiedad, administrador, origen de fondos, actividad y fiscalidad, y puede rechazar la relación por sus controles de riesgo. Utiliza la reclamación formal ante un mal servicio, pero no falsees la facturación ni hagas pasar dinero de clientes por la cuenta de un fundador. Disponer de una cuenta de pago no demuestra que la empresa tenga licencia.
Gestiona conflictos entre fundadores y de operación
Utiliza estatutos, pacto de socios, legislación societaria, actas y tabla de capitalización para comprobar facultades, bloqueo, financiación, transmisión de participaciones, cese de administradores, información y propiedad intelectual. Conserva pruebas y evita transmisiones por iniciativa propia sin autoridad. La mediación puede ayudar con condiciones comerciales, mientras que acuerdos inválidos, incumplimiento del administrador o riesgo urgente para activos pueden requerir medidas judiciales.
Si falta una licencia, permiso de trabajo, habilitación profesional o alta de trabajador obligatorios, detén la operación afectada, protege a clientes y trabajadores y solicita al organismo competente la vía de regularización. Avisa a las aseguradoras cuando la cobertura pueda verse afectada.
Responde ante deuda e insolvencia
Ante una actuación ejecutiva tributaria, de Seguridad Social o registral, pide el desglose por periodos y utiliza la vía indicada de corrección, recurso, aplazamiento o pago. Recurrir puede no suspender el cobro. Si no puedes atender obligaciones vencidas, se pierden activos, los acreedores ejecutan o existe patrimonio neto negativo, busca inmediatamente asesoramiento concursal y documenta las decisiones del órgano de administración. No favorezcas a personas vinculadas, vacíes activos, pagues dividendos ilegales ni sigas aceptando anticipos sin un plan creíble de cumplimiento.
Denuncia con rapidez suplantación de identidad, facturas falsas, desvío de datos bancarios y poderes falsificados. Acude a PAE, notaría, registro, AEAT, TGSS, ayuntamiento, regulador, policía, mediación, asistencia jurídica o profesionales societarios y concursales cualificados según el problema. Lleva escritura, DUE, aviso registral, tabla de capitalización, cuentas, banco, contratos, licencias, cronología y el plazo más próximo.